jueves, 7 de febrero de 2013

Participación del público asistente en los Plenos de la Corporación Municipal.

Son muchos los comentarios que llegan hasta nosotros de si existe alguna forma de poder participar, por parte del público asistente, en los Plenos en los que se convoca a la Corporación Municipal de nuestro Excmo. Ayuntamiento. Para ello, no tenemos nada más que acudir al Real Decreto 2568/1986, de 28 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales, concretamente, al Artículo 88.3., el cual reza que:

"El público asistente a las sesiones no podrá intervenir en éstas, ni tampoco podrán permitirse manifestaciones de agrado o desagrado, pudiendo el Presidente proceder, en casos extremos, a la expulsión del asistente que por cualquier causa impida el normal desarrollo de la sesión. Sin perjuicio de ello, una vez levantada la sesión, la Corporación puede establecer un turno de consultas por el público asistente sobre temas concretos de interés municipal."

Por tanto, y teniendo en cuenta todo lo anterior, sí que es posible la participación del público asistente, siempre y cuando esté la sesión levantada, y las consultas versen sobre temas de interés municipal. De esta forma, desde el Partido Popular de El Provencio, animamos a todos los provencianos a que hagan uso de este derecho, y así pueda manifestarse la voz del pueblo de forma directa, y no solamente a través de los representantes políticos elegidos en el proceso democrático.

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